Encontrá todo lo necesario para la liquidación del primer Sueldo Anual Complementario 2020
Según Ley 20744 el SAC es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que
culminen en los meses de junio y diciembre de cada año.
El mismo se abona en 2 cuotas: la primera el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
La ley de pequeñas y medianas empresas (L. 24467) señala, en el artículo 91, que las convenciones colectivas de trabajo podrán establecer, para las pequeñas empresas -de hasta 40 trabajadores-, el pago del SAC en forma fraccionada, pero no podrá exceder de 3 períodos en el año.
Si la 1° Cuota del SAC será abonada en su integridad, es decir el 30/06/2020 deberá liquidar el mismo como lo hace habitualmente.
En el caso de que se decida abonar la misma en cuotas, más abajo te dejamos un modelo de convenio con el instructivo correspondiente para que puedas implementarlo.
1º SAC en 2 cuotas - Junio y Julio
INSTRUCTIVO
CONVENIO
1º SAC en 2 cuotas - Julio y Agosto
INSTRUCTIVO
CONVENIO
1º SAC en 3 cuotas - Junio, Julio, Agosto
INSTRUCTIVO
CONVENIO
1º SAC en 3 cuotas - Julio, Agosto, Septiembre
INSTRUCTIVO
CONVENIO
Si incorporaste nuevos conceptos al convenio para el pago del 1° SAC en cuotas; te dejamos más abajo un instructivo con lo que debes tener en cuenta para la exportación a Declaración en Línea o Libro de Sueldos Digital
Para descargar instructivo, haga CLICK AQUÍ